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Survivors Take the Lead – A Week That Moved Guatemala’s Anti-Child Labor Agenda Forward
Survivor experts in Guatemala moved from testimony to training to a seat at the policymaking table this month. Free the Slaves reports on a week of advocacy training, high-level government meetings, and a new coordination agreement with Guatemala’s anti-trafficking secretariat.
Guatemala Shows Child Labor a Red Card. The Numbers Demand We Don’t Stop There.
Guatemala marked World Day Against Child Labor with an Informational Fair that drew more than 400 participants, including Vice President Karin Herrera and senior Ministry of Labor officials rallying around the ILO’s 2026 theme: “Show Child Labor a Red Card.” Free the Slaves was there alongside survivors whose advocacy is pushing Guatemala’s national Roadmap toward meaningful improvements.
Survivor Participation in Anti-Trafficking Policy: Evidence from Latin America
Survivor participation in anti-trafficking work has become a widely accepted principle. What remains harder to achieve is making that participation genuinely meaningful. Drawing on field evidence from Guatemala and Bolivia, Free the Slaves joined the UNODC and the Organization of American States in Vienna to share what the work actually requires.
Personas atrapadas en formas de esclavitud moderna
Por cada 1000 personas
La participación de Guatemala en la Alianza 8.7 y la adopción de un Plan Nacional de Acción en 2023 reflejan su compromiso regional para alinear los esfuerzos nacionales con los estándares internacionales y fomentar la colaboración transfronteriza con el objetivo de poner fin al trabajo forzoso, la esclavitud moderna, la trata de personas y el trabajo infantil para 2030.
Según el Índice Global de Esclavitud 2023, aproximadamente 140.000 personas, 7,8 por cada 1.000, vivían en situación de esclavitud moderna en Guatemala en 2021. El trabajo forzoso es prevalente en la agricultura, el servicio doméstico, la construcción y la manufactura. Las comunidades indígenas, especialmente mujeres, niños, niñas y adolescentes, enfrentan mayores riesgos debido a la discriminación estructural, la pobreza y el aislamiento geográfico.
El Gobierno ha reportado avances en la identificación de víctimas y en los mecanismos de derivación hacia servicios de protección, así como un aumento de investigaciones y la apertura de un nuevo refugio especializado para víctimas de trata. Según los informes sobre sus esfuerzos de aplicación de la ley, las autoridades investigaron 452 casos sospechosos de trata, frente a 182 casos en 2022, e iniciaron procesos judiciales en 113 casos que involucraban a 200 personas sospechosas, relacionados con trata con fines de explotación sexual, trata con fines de explotación laboral y otras formas de explotación, de acuerdo con el Informe sobre Trata de Personas de Estados Unidos de 2024.
Además, el país ha implementado el Plan Retorno al Hogar para facilitar la reintegración y reducir las vulnerabilidades de las personas migrantes retornadas. Este plan forma parte de un marco nacional más amplio de reintegración. En 2024, el Instituto Guatemalteco de Migración registró el retorno de 76.768 personas guatemaltecas, principalmente desde Estados Unidos y México, incluyendo mujeres, hombres, niños, niñas y familias. En consonancia con los principios del Pacto
Mundial para la Migración, el Estado de Guatemala ha promovido iniciativas de reintegración, incluido el Protocolo Interinstitucional para la Recepción y Atención de Guatemaltecos Retornados de 2021 y la Política Nacional Migratoria de 2023, que concibe la reintegración como un proceso multidimensional que aborda necesidades económicas, sociales y psicosociales. Estos esfuerzos buscan reducir vulnerabilidades estructurales que pueden aumentar el riesgo de trata, trabajo forzoso y otras formas de esclavitud moderna, permitiendo que la reintegración sea una opción sostenible y no una respuesta obligada ante la necesidad de volver a migrar.
A pesar de los esfuerzos del Gobierno y de la sociedad civil, el Informe sobre Trata de Personas de Estados Unidos de 2024 señaló que los procesos judiciales y las condenas han disminuido en comparación con años anteriores. El informe también indicó la necesidad de ampliar las inspecciones laborales y los servicios para víctimas en las zonas rurales.
En cuanto al marco jurídico, la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, Decreto 9-2009, proporciona un marco legal integral y basado en derechos. De acuerdo con el Artículo 202 Ter, el delito de trata de personas adultas no requiere la prueba de fuerza, fraude o coerción como elementos constitutivos; estos factores se consideran circunstancias agravantes conforme al Artículo 204. Este diseño legislativo buscó evitar barreras innecesarias para perseguir los delitos de trata, y va más allá del estándar mínimo establecido por el Protocolo de Palermo. La ley también introdujo disposiciones sólidas en materia de prevención, protección de víctimas, asistencia y coordinación interinstitucional, posicionando a Guatemala como una referencia regional en el momento de su adopción.
Año en que FTS comenzó a trabajar en Guatemala
Trabajo infantil y sus peores formas
En relación con el trabajo infantil y sus peores formas, en Guatemala cerca de 350.000 niños y niñas de entre 10 y 14 años trabajan, según estimaciones del Ministerio de Trabajo y Previsión Social basadas en la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2022–2023. Esta cifra representa el 17,8% de la población en ese rango de edad.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Condiciones de Vida 2023, el número de niños y niñas menores de 14 años que trabajan asciende a 341.454. Esta cifra supone un aumento en comparación con 2011, aunque es inferior a los 519.503 casos registrados en 2000, reflejando un incremento de factores de riesgo.
Entre los niños, niñas y adolescentes que trabajan, dos de cada tres son mayas, el 60,8% trabaja sin remuneración y el 57,6% se desempeña en la agricultura.
Las personas más afectadas se encuentran entre los 14 y los 17 años, y la mayor incidencia se registra en departamentos con alta población indígena, que también concentran las tasas más altas de desnutrición crónica y baja cobertura escolar.
Las peores formas de trabajo infantil, según el Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por Guatemala en 2001, incluyen la esclavitud, la trata, el trabajo forzoso, la explotación sexual y el trabajo peligroso. En Guatemala se documentan las siguientes modalidades:
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- Trata y explotación laboral: Entre enero y mayo de 2025, la Procuraduría de la Niñez y la Adolescencia recibió 278 denuncias de explotación económica de niños, niñas y adolescentes: 254 casos de trata y explotación laboral, y 24 de mendicidad forzada. Durante 2024 se documentaron 601 denuncias y 35 niños, niñas y adolescentes fueron
rescatados. - Explotación sexual comercial: Los tratantes explotan a personas menores de edad guatemaltecas mediante trabajo forzoso, como mendicidad, venta ambulante y espectáculos callejeros, particularmente en Ciudad de Guatemala y en la frontera con México. También se ha registrado explotación sexual en línea de personas menores de edad mediante transmisiones en vivo por internet.
- Reclutamiento por crimen organizado: Organizaciones criminales, incluidas las maras, explotan a niñas en redes de trata con fines de explotación sexual y coaccionan a niños, niñas y jóvenes en zonas urbanas para vender o transportar drogas, participar en extorsiones o cometer asesinatos.
- Trabajo industrial peligroso: Entre las actividades peligrosas documentadas se incluyen la manufactura textil, la producción química, la fabricación de fuegos artificiales y el pulido de piedras preciosas, entre otras, causando enfermedades respiratorias, intoxicaciones, quemaduras, lesiones oculares y pérdida auditiva.
- Trabajo doméstico infantil: Las niñas son las más afectadas por el trabajo doméstico. Las jornadas y responsabilidades que se les imponen suelen impedir el acceso a la educación o a la atención médica, y las exponen a abuso físico y sexual.
- Trabajo en vertederos: En los basureros, aproximadamente el 82% de los niños y niñas trabajadores sufren cortes u otras lesiones; el 56% experimenta quemaduras oculares causadas por gases de descomposición, y el 40% sufre dolores de cabeza debido a la exposición al sol.
- Trata y explotación laboral: Entre enero y mayo de 2025, la Procuraduría de la Niñez y la Adolescencia recibió 278 denuncias de explotación económica de niños, niñas y adolescentes: 254 casos de trata y explotación laboral, y 24 de mendicidad forzada. Durante 2024 se documentaron 601 denuncias y 35 niños, niñas y adolescentes fueron
Guatemala es uno de los países que ha desarrollado, con el apoyo de la OIT y la CEPAL, un Modelo de Identificación del Riesgo de Trabajo Infantil (MIRTI), en el marco de la Iniciativa Regional América Latina y el Caribe Libre de Trabajo Infantil.
El MIRTI identifica los municipios con mayor probabilidad de trabajo infantil para concentrar allí los esfuerzos de prevención. Se basa en datos del Censo de 2018 y de la ENCOVI 2014.
Entre los datos clave para Guatemala se incluyen:
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- El 18,2% de niños, niñas y adolescentes de entre 7 y 17 años trabaja.
- El grupo más afectado es el de 14 a 17 años, con una tasa de ocupación del 34,5%.
- El 71% del empleo en el país es informal.
- El 59,3% de la población vive en pobreza y el 23,4% en pobreza extrema.
- El 43,7% de la población es indígena.
Los 18 municipios con mayor riesgo, superior al 80%, se concentran en Alta Verapaz, con 14 municipios; Baja Verapaz, con 2; y Chiquimula, con 2.
El MIRTI identifica cuatro factores de riesgo:
- El empleo de la madre fuera del hogar, que multiplica el riesgo por 2,7, y hasta por 6 en Petén.
- La pertenencia a un pueblo indígena, que duplica el riesgo a nivel nacional y lo triplica en la Región Norte.
- La ruralidad, que aumenta el riesgo 1,7 veces, y hasta 3 veces en la Región Norte.
- El rezago escolar, que multiplica el riesgo por 1,2.
Entre las recomendaciones de política pública, el documento propone acciones en cinco áreas: formalización del empleo femenino con servicios de cuidado infantil; atención prioritaria a pueblos indígenas; desarrollo rural e infraestructura; fortalecimiento de los sistemas de salud y educación; y campañas de sensibilización culturalmente pertinentes.
Estrategia de Free the Slaves para Guatemala
Incidencia en Políticas Públicas
Free the Slaves promueve la inclusión significativa de personas sobrevivientes en el diseño, implementación y monitoreo de políticas nacionales.
Alianzas y Servicios
Free the Slaves trabaja en estrecha colaboración con organizaciones de la sociedad civil y organizaciones lideradas por sobrevivientes para desarrollar iniciativas comunitarias de prevención e intervención.
Capacitación y Fortalecimiento de Capacidades
Free the Slaves brinda formación especializada a personas sobrevivientes para fortalecer sus capacidades de incidencia, participación y compromiso en procesos de política pública.
La organización también ofrece capacitación especializada a inspectores laborales, fiscales y otros actores de primera línea sobre identificación de víctimas y enfoques centrados en sobrevivientes.
Además, facilita talleres inclusivos con actores estatales para fortalecer su capacidad de prevenir y erradicar el trabajo infantil y sus peores formas.
Construcción de Movimiento
Free the Slaves facilita espacios de diálogo multiactor para promover el intercambio y la colaboración entre representantes del Gobierno, la sociedad civil, el sector privado y personas sobrevivientes. La organización también invita a actores relevantes a participar en los Freedom from Slavery Forums con este propósito.
Asimismo, Free the Slaves apoya la creación y movilización de redes de sobrevivientes y coaliciones regionales para sostener los esfuerzos de incidencia más allá de los plazos de los proyectos.
Marco Legal de Guatemala sobre Esclavitud Moderna
Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 102, inciso k
Reconoce el derecho al trabajo digno y prohíbe el empleo de personas menores de edad en trabajos incompatibles con su desarrollo físico o moral. (https://antislaverylaw.ac.uk/wp-content/uploads/2019/08/Guatemala-Constitution.pdf)
Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, Decreto 27-2003
Proporciona protección frente a la explotación económica, el trabajo peligroso y la trata de niños, niñas y adolescentes. (https://oig.cepal.org/sites/default/files/2003_d27-2003_gtm.pdf)
Procedimiento para la aplicación efectiva del Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la edad mínima de admisión al empleo
Eleva la edad mínima de empleo a 15 años, bajo condiciones especiales.
Código Penal, Decreto 17-73, Artículo 150 Bis
Tipifica como delito el maltrato contra personas menores de edad y personas con discapacidad volitiva o cognitiva, incluyendo actos u omisiones que causen daño físico o psicológico, enfermedad o pongan a la víctima en grave riesgo. Establece penas de dos a cinco años de prisión y dispone que el plazo de prescripción comienza cuando la víctima alcanza la mayoría de edad. (https://tse.org.gt/images/UECFFPP/leyes/Codigo_Penal.pdf).
Código de Trabajo de Guatemala, Decreto N.º 1441 de 1961
Establece la edad mínima de empleo en 14 años, prohíbe el trabajo peligroso o insalubre para
personas menores de 18 años y garantiza el derecho a la educación. (https://mcd.gob.gt/wp-content/uploads/2013/07/codigo-de-trabajo.pdf)
Hoja de Ruta para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en todas sus Formas y Protección del Adolescente Trabajador Establece líneas de acción para orientar la prevención, erradicación y protección frente al trabajo infantil. HOJA DE RUTA PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL4
Constitución Política de la República de Guatemala, Artículos 4, 43, 101 y 102
Declara que todas las personas son libres e iguales en dignidad y derechos; prohíbe la servidumbre y reconoce el derecho a la libertad de trabajo. (https://faolex.fao.org/docs/pdf/gua126743E.pdf)
Código Penal, Decreto 17-73, Artículo 202
Tipifica como delito reducir a una persona a esclavitud, mantenerla en esa condición o someterla a una condición análoga a la esclavitud. (https://tse.org.gt/images/UECFFPP/leyes/Codigo_Penal.pdf)
Código Penal, Decreto 17-73, Artículo 202 Ter
Tipifica como delito la trata de personas con fines de explotación sexual, trabajo forzoso, servidumbre, adopción irregular o extracción de órganos. (https://tse.org.gt/images/UECFFPP/leyes/Codigo_Penal.pdf)
Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, Decreto 9-2009
Establece medidas de prevención, sanción y asistencia integral a víctimas relacionadas con la trata de personas y la explotación. (https://igm.gob.gt/wp-content/uploads/2021/11/19_LEY-CONTRA-LA-VIOLENCIA-SEXUAL-EXPLOTACION-Y-TRATA-DE-PERSONAS-DECRETO-No.-9-2009.pdf)
Personal de FTS para Guatemala

Cinthia Belbussi
Directora Regional para América Latina
cinthia.belbussi@freetheslaves.net

Carolina Quinteros
Consultora Local
carolina.quinteros@freetheslaves.net





