Personas atrapadas en formas de esclavitud moderna
Por cada 1.000 personas
La economía de la República Dominicana es una de las más dinámicas de la región, impulsada principalmente por los servicios y el turismo, junto con la minería y la agroindustria; sin embargo, persisten formas graves de explotación, especialmente allí donde convergen la pobreza, la discriminación y la migración irregular.
El Índice Global de Esclavitud 2023 estima que 72.000 personas en la República Dominicana vivían en situaciones de esclavitud moderna en 2021, lo que equivale a aproximadamente 6,6 por cada 1.000 habitantes, lo que sitúa al país entre las tasas estimadas más altas de las Américas.
Los riesgos de trata de personas y trabajo forzoso son particularmente elevados en sectores intensivos en mano de obra e informales. Las personas trabajadoras migrantes —en especial aquellas de origen o ascendencia haitiana— enfrentan mayores niveles de vulnerabilidad debido a barreras para la regularización documental, una supervisión limitada y prácticas abusivas de reclutamiento o empleo. Se han documentado riesgos significativos en las cadenas de suministro vinculadas al azúcar, y otros informes señalan preocupaciones sobre trabajo forzoso en sectores como la agricultura, la construcción, el trabajo doméstico y el trabajo en la vía pública.
La República Dominicana cuenta con leyes destinadas a abordar la trata de personas, incluida la Ley 137-03 sobre tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, pero persisten brechas en la aplicación de la ley y en la protección de las víctimas. El Informe sobre Trata de Personas del Departamento de Estado de Estados Unidos (2025) ha destacado como aspectos positivos los mecanismos de respuesta temprana para la identificación de víctimas (incluidos migrantes haitianos y dominicanos de ascendencia haitiana), la mejora de las inspecciones laborales y las investigaciones, y la ampliación de servicios para víctimas mejor financiados.
Sin embargo, dado el número de víctimas, estas medidas también ponen de relieve la necesidad de una mayor rendición de cuentas y de protecciones laborales más sólidas que lleguen a los lugares donde ocurre la explotación: los lugares de trabajo, las vías de contratación y las comunidades. Las soluciones duraderas requieren acciones que conecten el liderazgo comunitario y el apoyo informado por sobrevivientes con una acción gubernamental eficaz y prácticas empresariales responsables, de modo que las reformas se traduzcan en condiciones más seguras, un trato justo y acceso a reparación.
Año en que Free the Slaves inició su trabajo en la República Dominicana
En la República Dominicana, Free the Slaves trabaja para abordar los múltiples desafíos de la esclavitud moderna. Nuestros proyectos están diseñados para enfrentar problemas inmediatos y, al mismo tiempo, fortalecer la resiliencia a largo plazo frente a las amenazas del trabajo forzoso, la trata de personas y otras formas de esclavitud moderna.
Combatiendo la Trata de Personas en la República Dominicana
Período de implementación: agosto de 2019 – enero de 2022
Free the Slaves fortaleció la protección liderada por las comunidades y la coordinación institucional frente al trabajo forzoso y la trata de personas en la República Dominicana a través de una iniciativa multisectorial implementada junto con el Movimiento de Mujeres Dominicanas y Haitianas (MUDHA) y la Asociación Internacional de Mujeres Juezas (IAWJ). Desarrollado entre 2018 y 2021, el proyecto se centró en fortalecer la resiliencia local y mejorar las respuestas centradas en las víctimas en 13 comunidades vulnerables de Santo Domingo, San Cristóbal y Puerto Plata.
El proyecto adoptó un enfoque participativo y liderado por las comunidades. Se realizaron procesos de mapeo social para identificar factores de riesgo, rutas de reclutamiento y brechas en los servicios, generando evidencia a nivel comunitario que en gran medida no estaba reflejada en los datos oficiales. Este proceso permitió a las comunidades diseñar soluciones prácticas, culturalmente pertinentes y de apropiación local.
Como parte de la iniciativa, se apoyó la creación de 13 Comités Comunitarios de Protección (CPC), integrados por liderazgos locales capacitados para reconocer indicadores de trata de personas, organizar actividades de prevención y vincular a las personas con servicios de apoyo. Más de 520 integrantes de las comunidades recibieron formación en organización comunitaria e identificación y derivación de casos, utilizando herramientas como la Herramienta de Madurez Comunitaria de MUDHA, con incrementos de conocimiento reportados de hasta un 70 %.
Para fortalecer el vínculo entre las respuestas comunitarias e institucionales, el proyecto contribuyó a la finalización de un protocolo nacional de identificación y derivación, y capacitó a 52 integrantes del personal de las Casas Comunitarias de Justicia para coordinar acciones con los CPC. Durante las restricciones impuestas por la COVID-19, también se promovió el uso de herramientas digitales de comunicación y gestión de casos para sostener las derivaciones, la coordinación interinstitucional y el acompañamiento a personas sobrevivientes cuando el acceso presencial era limitado.
Al combinar liderazgo comunitario con una mayor coordinación institucional, la iniciativa contribuyó a visibilizar los riesgos de trata, fortalecer la capacidad local de identificación y respuesta, y consolidar alianzas con potencial de sostenibilidad a largo plazo en prevención y protección. En todo momento, el proyecto priorizó la seguridad, la dignidad y el acceso a servicios de las personas sobrevivientes.
Estrategia de Free the Slaves para la República Dominicana
Política y Abogacía
Trabajo con actores gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil para fortalecer el marco legal y promover la documentación equitativa de personas migrantes haitianas y dominicanas de ascendencia haitiana, con el fin de reducir la vulnerabilidad al trabajo forzoso y la trata de personas.
Alianzas y Servicios
Trabajo con personas sobrevivientes, organizaciones locales y aliados internacionales para ampliar los sistemas de derivación, la asistencia legal, la atención en salud y el apoyo socioeconómico. Alianzas con empresas de los sectores del cacao y el azúcar para integrar evaluaciones de riesgo y medidas de prevención en las cadenas de suministro.
Formación y Fortalecimiento de Capacidades
Implementación del Toolkit de Liberación Comunitaria para fortalecer las respuestas a nivel comunitario y desarrollar capacidades de actores de primera línea.
Construcción de Movimiento
Participación de representantes de la República Dominicana en foros regionales de América Latina y el Caribe para fortalecer los diálogos nacionales y regionales, compartir buenas prácticas y coordinar acciones entre países.
Marco Legal de la República Dominicana sobre Esclavitud Moderna
- Trabajo infantil
- Trabajo forzoso
- Trata de personas y esclavitud moderna
- Principales Políticas Gubernamentales y Compromisos Internacionales
Código de Trabajo (Ley N.º 16-92, promulgada el 29 de mayo de 1992): regula el trabajo de personas menores de edad en su Título II “Del Trabajo de los Menores” (artículos 244–254), prohibiendo el empleo por debajo de los 14 años y estableciendo condiciones y límites de jornada para personas de entre 14 y 18 años. Enlace: https://natlex.ilo.org/dyn/natlex2/natlex2/files/download/29744/DOM29744.pdf?
Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley N.º 136-03, promulgada el 7 de agosto de 2003; en vigor desde 2004): establece una protección integral para niños, niñas y adolescentes, incluyendo sanciones penales por explotación y trata de personas. Disposiciones relevantes: artículo 25 (prohibición de la comercialización, prostitución y pornografía de personas menores de edad); artículos 406 y 409–411 (penas por traslado ilícito, explotación comercial y explotación sexual de personas menores).Enlace: https://www.oas.org/dil/esp/LEY%20136-03%20-%20Codigo%20para%20el%20Sistema%20de%20Protecci%C3%B3n%20y%20los%20Derechos%20Fundamentales%20de%20Ni%C3%B1os%20Ni%C3%B1as%20y%20Adolescentes%20Republica%20Dominicana.pdf
Constitución de la República Dominicana, Artículo 62(2) Enlace: https://antislaverylaw.ac.uk/wp-content/uploads/2019/08/Dominican-Republic-Constitution.pdf
Law No. 137-03 on the Illicit Traffic in Migrants and Trafficking in Persons: Criminalizes human trafficking under Article 3 and Arts. 5–7 Enlace: https://antislaverylaw.ac.uk/wp-content/uploads/2019/08/Dominican-Republic-Constitution.pdf
Ley No. 137-03 sobre el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas: tipifica la trata de personas como delito en el Artículo 3 y en los Artículos 5–7. Enlace: mip.gob.do
Convenio sobre el Trabajo Forzoso de 1930 (Convenio OIT núm. 29) — ratificado el 5 de diciembre de 1956
Compromete a la República Dominicana a suprimir todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio: https://normlex.ilo.org/dyn/nrmlx_en/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID:312174
Convenio sobre la Abolición del Trabajo Forzoso de 1957 (Convenio OIT núm. 105) — ratificado el 23 de junio de 1958 Prohíbe el uso del trabajo forzoso con fines de coacción política, castigo o desarrollo económico: https://normlex.ilo.org/dyn/nrmlx_en/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO:12100:P12100_INSTRUMENT_ID:312250:NOhttps://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?
Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil de 1999 (Convenio OIT núm. 182) — ratificado el 15 de noviembre de 2000 Obliga al Estado a adoptar medidas inmediatas para eliminar las peores formas de trabajo infantil, incluidas la esclavitud, la trata y el trabajo peligroso: https://normlex.ilo.org/dyn/nrmlx_en/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO:12100:P12100_INSTRUMENT_ID:312327:NO
Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud de 1956 — ratificada el 31 de octubre de 1962
Amplía la Convención sobre la Esclavitud de 1926 para incluir el matrimonio servil, la servidumbre por deudas y prácticas similares: https://treaties.un.org/pages/ViewDetailsIII.aspx?src=TREATY&mtdsg_no=XVIII-4&chapter=18&Temp=mtdsg3&clang=_en
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP, 1966) — ratificado el 4 de enero de 1978
El artículo 8 prohíbe la esclavitud, la servidumbre y el trabajo forzoso:https://treaties.un.org/doc/treaties/1976/03/19760323%2006-17%20am/ch_iv_04.pdf
Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños (Protocolo de Palermo, 2000) — ratificado el 5 de febrero de 2008 Complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, promoviendo la cooperación internacional para prevenir y combatir la trata: https://treaties.un.org/Pages/Viewhttps://treaties.un.org/Pages/ViewDetails.aspx?src=TREATY&mtdsg_no=XVIII-12-a&chapter=18Details.aspx?s
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (1998) — ratificado el 12 de mayo de 2005
Define la esclavitud y la trata de personas como crímenes de lesa humanidad conforme al derecho internacional: https://www.icc-cpi.int/resource-library/documents/rs-eng.pdf
Personal de FTS para la República Dominicana

Cinthia Belbussi
Latin America Regional Manager/ Directora Regional para América Latina



